Nuevas Bases

El día 1 han entrado en vigor las nuevas bases, recordamos estos puntos a tener en cuenta:

 

Será obligación,  enviar la ubicación de la ermita, datos en coordenadas, o foto geolocalizada.             Artículo 21 – B

 

Un activador solo podrá acumular 4 actividades por día, sea con los indicativos que sea.                     Artículo 24 –  B

 

 Fotografía de cada uno de los operadores por separado o juntos , con fondo la ermita                         Artículo 29 – A

 

Fotos de la ermita, donde se vea bien la puerta, laterales y la espadaña o campanario.                          Artículo 29 – B

 

Recomendamos antes de empezar a hacer la actividad, sacar las fotos para evitar olvidos

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